La reorganización en la posguerra civil (V y VI)

El autor es nuestro asociado y Delegado para Andalucía de AEME el coronel de la Guardia Civil Jesús N. Núñez Calvo, doctor en Historia. Por el interés histórico reciente de estas narraciones, esta web publicará los capítulos que aparezcan en el mencionado diario. El siguiente  corresponde  a los  capitulos V y VI   de la “Reorganización en la posguerra civil”  del Cuerpo de Carabineros.

 

La reorganización en la posguerra civil (V y VI)

 

  • El teniente coronel Joaquín Moreno Lara tuvo una amplia hoja de servicios con destinos por todo el país
  • A principios de 1940 se le concedió el mando de la décima Comandancia, la de Algecira

Había nacido en Toledo el 3 de noviembre de 1889, siendo hijo de Joaquín Moreno Escario, funcionario civil que sería conservador del catastro en Córdoba, y de Isabel Lara Martínez. Con 18 años de edad, y tras aprobar los correspondientes exámenes, obtuvo plaza como alumno en la Academia de Infantería de Toledo.

Ingresaría el 1º de septiembre de 1908 y finalizarían sus estudios militares el 13 de julio de 1911, fecha en la que se le concedió el real despacho de segundo teniente (alférez), siendo destinado seguidamente al Regimiento de Infantería de la Reina núm. 2, de guarnición en Córdoba. Éste estaba mandado por el coronel Cayetano de Alvear Ramírez de Arellano que, en el periodo 1913-1914, sería general de brigada secretario de la Dirección General de Carabineros.

A principios de julio de 1913 su regimiento, ya bajo el mando del coronel Francisco Perales Vallejo, recibió la orden de dirigirse al puerto de Cádiz y embarcar con destino a Larache, en el Protectorado de España en Marruecos. Éste se había establecido por el acuerdo franco-español de 27 de noviembre de 1912, suscrito tras la firma del acuerdo franco-marroquí de 30 de marzo anterior que había dado lugar al establecimiento del Protectorado de Francia en Marruecos.

A los pocos días de llegar a la región de Larache fue ascendido al empleo de primer teniente. Continuó destinado en su regimiento y fue participando activamente en las operaciones militares desarrolladas hasta principios de marzo de 1915, donde se le concedió el ingreso en el Instituto de Carabineros. Hasta entonces había entrado en combate en numerosas ocasiones, donde quedó acreditado su valor, haciéndose constar así en su hoja de servicios. Por todo ello además de la medalla militar de Marruecos con el pasador de Larache, se le concedió la cruz de 1ª clase del mérito militar con distintivo rojo.

A finales del referido mes de marzo de 1915 fue destinado a la Comandancia de Carabineros de Huelva, donde permanecería hasta su ascenso al empleo de capitán en enero de 1924. Seguidamente fue destinado a la Comandancia de Zamora donde se le asignó el mando de la 3ª Comapañía, con residencia en Bermillo de Sayago, si bien apenas estuvo cinco meses ya que en la revista julio se le otorgó la jefatura de la 1ª Compañía, con cabecera en Puebla de Sanabria.

En noviembre del año siguiente volvió a serle concedido el mando de la 3ª Compañía, si bien en abril de 1926 se le destinó nuevamente a la Comandancia de Huelva. Tampoco prestó servicio mucho tiempo en ella ya que en enero del año siguiente pasó a la situación de excedente, quedando afecto, a efectos administrativos, a la Comandancia de Salamanca. La razón de ello fue que se integró en la “Delegación Regia para la represión del contrabando y defraudación” de la 1ª Zona.

En mayo de 1927 presentó su renuncia al cargo ostentado, siéndole inmediatamente aceptada. En la revista del mes siguiente pasó como excedente a la Comandancia de Huelva y el 4 de julio contrajo matrimonio en la localidad onubense de Cartaya con María Teresa Vides Berges, natural de Trigueros, población de dicha provincia.

En mayo de 1928 fue destinado a la Comandancia de Cáceres, siéndole asignado el cometido de habilitado-cajero si bien apenas llegó a estar un mes ya que a fin de junio pasó a la situación de supernumerario sin sueldo. Quedó afecto administrativamente a la Comandancia de Huelva y fijó su residencia en Cartaya.

En dicha situación, desempeñando actividades particulares, continuó hasta el mes de julio de 1935. Sin embargo, ello no fue óbice para que tras la proclamación de la Segunda República, y en cumplimiento a lo dispuesto en el decreto de 22 de abril de 1931, dimanante del gobierno provisional, prometiese cinco días más tarde, “por su honor, servir bien y fielmente a la República, obedecer sus leyes y defenderla con las armas”. Para debida constancia de ello firmó el pliego correspondiente ante el coronel gobernador militar de Huelva.

Durante ese periodo también se dio cumplimiento a lo dispuesto en el decreto de 19 de julio de 1934, sobre informe individual relativo a su no pertenencia, ni afiliado ni adherido, a ningún partido, agrupación o sociedad que revistiese carácter político, así como a ninguna organización o entidad de carácter sindical.

En la revista de julio de 1935 cesó en la situación de supernumerario y pasó a la de disponible forzoso, al objeto de completar los requisitos exigidos en la normativa entonces vigente para su ascenso al empleo de comandante. Siendo todavía capitán fue destinado a principios de agosto a la Comandancia de Navarra, si bien apenas estuvo un par de semanas ya que a fin de dicho mes pasó, una vez más, a la Comandancia de Huelva.

Allí le soprendería la reorganización dispuesta en las instrucciones de 2 de noviembre siguiente, dimanante del Ministerio de Hacienda, de zonas y comandancias del Cuerpo de Carabineros, que supuso la supresión de la Comandancia de Huelva, pasando sus unidades y efectivos a depender de la de Sevilla.

Al iniciarse la sublevación militar en julio de 1936 se sumó a la misma, siendo ascendido al empleo de comandante en enero del año siguiente. El 13 febrero de 1937 fue destinado a la 9ª Comandancia (Málaga), al objeto de ejercer el mando accidental de la misma, incorporándose al día siguiente y tan sólo seis días después de la ocupación de la ciudad. Apenas estuvo allí dos semanas ya que le sustituyó el comandante José Toledo Iradier, procedente de la 10ª Comandancia (Algeciras).

Moreno a su vez pasó a ocupar la vacante dejada por aquél, como jefe del detall en la comandancia campogibraltareña, a la que perteneció hasta el mes de mayo de 1938. Durante ese periodo se le instruyó un procedimiento previo, “para averiguar la actuación de las fuerzas de Carabineros de la 12ª Comandancia, destacadas en Huelva, durante el periodo rojo”. Fue resuelta sin declaración de responsabilidad, “por no deducirse de lo actuado indicio racional de criminalidad”.

En la revista de junio siguiente volvió a ser destinado a la comandancia hispalense, donde se hizo cargo de la jefatura de servicios. Casi cuatro meses más tarde fue enviado a Huelva con el mismo cometido pero en dicha provincia y siempre dependiente de la 12ª Comandancia de Sevilla.

A fin de año fue promovido al empleo de teniente coronel y casi un mes más tarde, tal y como se ha expuesto inicialmente, se le concedió el mando de la 10ª Comandancia (Algeciras). El 1º de febrero siguiente causaba alta en la misma y se incorporaba a ella ocho días más tarde. Todavía era de Carabineros.

La reorganización en la posguerra civil (VI)

 

  • La persecución del contrabando y la vigilancia de las fronteras en una Europa en guerra propiciarían que la Guardia Civil adquiriese un protagonismo trascendental

Grupo de componentes uniformados del Cuerpo de Carabineros. (Cortesía de la Familia de Benicio Márquez Rueda).

Grupo de componentes uniformados del Cuerpo de Carabineros. (Cortesía de la Familia de Benicio Márquez Rueda).

 

Cuando el 9 de febrero de 1940, el teniente coronel Joaquín Moreno Lara se incorporó al mando de la 10ª Comandancia de Carabineros (Algeciras), quedaban tan sólo cinco semanas para que se dictase la ley de 15 de marzo. Conforme a la misma, se dispondría una extensa reorganización del Cuerpo de la Guardia Civil y la desaparición del de Carabineros.

Las competencias legales y funcionales del segundo serían asumidas por el primero, que pasaría a integrar en sus filas al personal procedente de aquél, así como a hacerse cargo de sus acuartelamientos y demás medios materiales.

La entrada en vigor de dicha ley y su posterior desarrollo tendría una gran importancia en el Campo de Gibraltar, ya que mientras la Guardia Civil en nuestra comarca estaba constituida sólo por la 2ª Compañía de la Comandancia de Cádiz, integrada por 142 efectivos (1 capitán, 2 tenientes, 2 alféreces, 4 brigadas, 3 sargentos, 11 cabos, 1 corneta, 13 guardias de 1ª clase y 105 guardias de 2ª); la 10ª Comandancia de Carabineros estaba compuesta por 864 hombres (1 teniente coronel, 2 comandantes, 6 capitanes, 13 tenientes, 7 alféreces, 1 subteniente, 55 brigadas y sargentos, 45 cabos, 18 cornetas, 42 carabineros de 1ª clase, 658 carabineros de 2ª y 16 matronas de 2ª clase).

Se significa que estas referencias están tomadas sobre las plantillas vigentes en 1936, con anterioridad a la sublevación militar del mes de julio. Dichas cifras acreditaban que por cada guardia civil había seis carabineros, constituyendo estos la fuerza más numerosa y por lo tanto más potente del Campo de Gibraltar.

En primer lugar, se estableció la obligación que tenían los carabineros, además de la de denunciar delitos y detener delincuentes que se encontrasen durante su servicio, tenían la obligación de cooperar al mantenimiento del orden, con arreglo a su reglamento y a las normas que se citaban expresamente para ellos.

Las instrucciones que se les impartieran al respecto, debían ser siempre por conducto de los gobernadores civiles, los cuales se dirigirían a los respectivos jefes de Comandancia. Las informaciones que adquiriera el personal de Carabineros y las intervenciones que realizasen en materia de orden público, las debían poner en conocimiento de los jefes de las fuerzas de la Guardia Civil más próximas, quienes, sin perjuicio de adoptar las medidas procedentes, las debían transmitir al gobernador civil.

Caso de que el orden público fuera alterado en las localidades donde coincidiesen fuerzas de la Guardia Civil y de Carabineros, ambas deberían coordinar sus servicios y prestarlos con sujeción a sus reglamentos, Y siempre, bajo sus respectivos mandos, salvo que las circunstancias requirieran una acción militar conjunta, en cuyo momento tomaría el mando de toda la fuerza, el de mayor empleo de ambos Cuerpos, actuando con arreglo a los preceptos de la legislación militar entonces vigente.

En las localidades en que únicamente existieran fuerzas de Carabineros, éstas debían comunicar directamente al gobernador civil y al comandante de puesto de la Guardia Civil en cuya demarcación estuvieran, los partes y noticias relacionadas con el orden público. Todo ello sin perjuicio de adoptar aquellas medidas de carácter preventivo que considerasen convenientes. Caso de que el orden público se alterase, debían restablecerlo, cumpliendo sus deberes reglamentarios y dando cuenta también al gobernador civil.

Por lo tanto, la 10ª Comandancia de Carabineros era la fuerza más potente que, caso necesario, podía llegar a actuar en el Campo de Gibraltar en materia de orden público, significándose que la mayoría de sus componentes, al igual que ocurría con los de la Guardia Civil, habían sido soldados en el Ejército.

Respecto a la presencia al comienzo de 1936 de la Policía gubernativa en nuestra comarca, hay que significar que, sin perjuicio de sus importantes funciones para la seguridad del Estado, principalmente en materia de vigilancia de personas sospechosas de constituir una amenaza, así como de pasaportes y extranjería, su presencia numérica era muy reducida. Dicha fuerza policial estaba constituida, al amparo de la ley de 27 de febrero de 1908, por los Cuerpos de Investigación y Vigilancia (inicialmente denominado de Vigilancia) y Seguridad (posteriormente llamado de Seguridad y Asalto, si bien lo segundo no dejaba de ser realmente una especialidad de lo primero).

Concretamente del primero, que prestaba servicio de paisano, dadas sus funciones “reservadas y secretas”, además de las administrativas, había sólo 29 funcionarios, de los que 14 estaban destinados en Algeciras (1 comisario de 2ª clase, 1 inspector de 1ª clase, 1 agente de 1ª clase, 4 agentes de 2ª clase, 5 agentes de 3ª clase, y 2 agentes auxiliares de 3ª clase) y 15 en La Línea de la Concepción (1 inspector de 2ª clase, 3 agentes de 2ª clase, 7 agentes de 3ª clase; y 4 agentes auxiliares de 3ª clase). Todos ellos dependían a su vez del comisario de 1ª clase, jefe provincial, que residía en la capital gaditana.

La fuerza del Cuerpo de Seguridad, que prestaba servicio de uniforme, era variable en función de las necesidades dispuestas por el gobernador civil de la provincia, pero nunca superior a una veintena de efectivos distribuidos entre las dos poblaciones citadas. Estaban mandados por un suboficial o cabo que dependían a su vez del capitán jefe de la compañía de Seguridad (y Asalto) que tenía también su residencia en la capital gaditana.

Regresando a las plantillas descritas de Carabineros y Guardia Civil, hay que significar que en absoluto estaban completas en febrero de 1940. Tal y como se expuso en un capítulo anterior, al ordenarse al inicio de la guerra civil que no hubiera más ingresos en ambos Cuerpos, habían quedado sus plantillas muy mermadas como consecuencia de los fallecimientos derivados de la contienda, accidente o enfermedad, bajas por inutilidad física, pases a la situación de retiro por haber cumplido la edad reglamentaria o separación del servicio por condena judicial o depuración.

Esta última causa fue la que más menguó la plantilla de Carabineros en el Campo de Gibraltar. No obstante, dada la relevancia que tenía la persecución del contrabando procedente de la colonia británica, se intentó paliar, destinando personal procedente de otras comandancias, si bien su número fue claramente insuficiente dada la escasa disponibilidad.

Realmente la situación del Cuerpo de Carabineros en España tras la finalización de la guerra civil era muy precaria, careciendo de los medios o recursos humanos y materiales suficientes para ejercer eficaz y eficientemente las funciones encomendadas en la legislación entonces vigente, como eran la persecución del contrabando y la defraudación así como la correspondiente vigilancia de las fronteras terrestres y marítimas.

Sin embargo, la imperiosa necesidad de la mentada vigilancia fronteriza, y más con una Europa en guerra desde septiembre de 1939, que pronto se extendería al norte de África, propiciaría que la Guardia Civil adquiriese en dicho ámbito un protagonismo trascendental.

Continuará.

Jesus N. Núñez Calvo       Coronel de la Guardia Civil. Doctor en Historia

FUENTE:

https://www.europasur.es/san_roque/reorganizacion-posguerra-civil-VI_0_1825319046.html

https://www.europasur.es/san_roque/reorganizacion-posguerra-civil-V_0_1823818511.html