Enrique Dominguez presenta su libro: «Gibraltar, una humillación permanente para España»

En la tarde del día 29 de octubre, en el Real Casino de Madrid, Sala Príncipe, el fundador de AEME Coronel de Infantería/DEM ,r ha presentado su libro «Gibraltar, una humillación permanente para España», que recopila, comenta y actualiza una serie de Cartas Abiertas mantenida con el Capitán de Navío Aurelio Fernandez Diz y publicadas en el digital La Critica.

 

Pese a las inclemencias del tiempo, un numeroso auditorio siguió las disertaciones de los presentadores y del propio autor que actualizó la situación de la colonia inglesa ante la  salida del Reino Unido de la Unión Europea.

 

Texto completo de la intervención del  Capitan de Navio D. Aurelio Fernandez Diz.

PRESENTACIÓN EN EL CASINO DE MADRID DEL LIBRO DE ENRIQUE DOMÍNGUEZ MARTINEZ- CAMPOS.
GIBRALTAR, UNA HUMILLACIÓN PERMANENTE PARA ESPAÑA

 

Señor presidente.
Distinguidos miembros de esta mesa.
Señoras y señores, queridos amigos.
Quiero empezar mi sucinta participación en la presentación del libro que motiva esta reunión, agradeciendo de un modo especial a su autor, mi amigo y compañero Enrique Domínguez Martinez-Campos por el inmerecido honor de invitarme a participar en la presentación de su magnífico libro cuyo solo título es un verdadero resumen de su valiente contenido.
La lectura del libro que hoy tenemos ante nosotros resulta imprescindible para entender la verdadera naturaleza de un problema que es al mismo tiempo una amenaza a la seguridad de todos los españoles y una inmerecida afrenta permanente para España.
El libro es esencialmente, como nos acaba de adelantar su editor, una colección de 75 artículos sobre Gibraltar que constituyen 75 justificados lamentos cada uno de los cuales podría ser, debería ser, el fundamento de una línea de acción política de nuestro Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación (MAEC) al frente del cual se encuentra hoy un ministro a mi juicio demasiado amable y sonriente con sus homólogos ingleses cuando se reúne con ellos, no para tratar de conseguir la inmediata devolución de la colonia a su legítimo propietario, sino para tratar asuntos como el establecimiento de una “zona de prosperidad compartida” que puede derivar precisamente en todo lo contrario.
Para los españoles de hoy, el problema de la presencia inglesa en Gibraltar es un cáncer en fase de metástasis porque los sucesivos gobiernos españoles, ya en democracia, no han sabido, en su conjunto, adoptar el tratamiento que esta grave enfermedad merece cuando la integridad territorial de España está en juego.
Aparte de esta permanente inanidad, el grave problema que los españoles estamos sufriendo en Gibraltar se debe principalmente a la continua y desleal falta de cumplimiento por parte de los sucesivos gobiernos ingleses de las obligaciones y limitaciones impuestas por el Tratado de Utrecht de 1713 en cuya redacción Felipe de Anjou, ya rey Felipe V de España desde 1700, y sus representantes legales , no pudieron participar en las conversaciones previas, origen del Tratado, por decisión del propio rey francés Luis XIV, su propio abuelo, que hizo lo imposible para lograrlo. Y lo hizo así por su propio y exclusivo interés.
Pero, se da la especial circunstancia de que a pesar de haber sido un trágala para el nuevo rey Felipe V, el Tratado de Utrecht, es hoy nuestro haber más importante en el litigio que mantenemos con el Reino Unido (RU), haber que fervientemente deseamos que el nuevo acuerdo entre el RU y la Unión Europea (UE) no pueda llegar a desvirtuar. Que todo puede pasar.
Fabian Picardo ha declarado en no pocas ocasiones que el Tratado de Utrecht es una antigualla a lo que habría que añadir que lo que es verdaderamente una antigualla es el comportamiento absolutamente depredador y descontrolado del RU sobre el territorio de un aliado al margen de lo pactado en el Tratado de Utrecht, justificación primera y última de la presencia inglesa en nuestro territorio.
La suculenta cena que el rey francés compartió con la reina Ana de la Gran Bretaña (GB) la pagó España, como todos ustedes bien conocen. La parte más importante de la factura, a parte de la cesión de Menorca, previamente invadida por los ingleses en 1708, fue la cesión de Gibraltar, previamente invadido en 1704, sin oposición por nuestra parte, porque la agrupación anglo – holandesa que entonces invadió nuestro territorio venía, aparentemente al menos, a defender los derechos del candidato ingles Carlos de Austria al trono de la corona de España. Es decir, la presencia inglesa en Gibraltar desde 1704 no es el resultado de una derrota en noble lid, sino que es, desde entonces, el resultado de la mentira, del engaño y de la ilimitada y trasnochada ambición de nuestro más que dudoso aliado en la OTAN.
Para ser lo más breve posible y para entender mejor la naturaleza del reto que nos plantea el RU en Gibraltar, me referiré solo a tres aspectos críticos, y relacionados entre sí, del problema que nos ocupa:
-El concepto de mar territorial.
-El concepto de la costa seca.
– La cuestión de la soberanía.
– El mar territorial.
En el pasado, las naciones más poderosas militarmente consideraban que sus jurisdicciones marítimas se extendían, en la mar, hasta el límite del alcance de sus cañones. El mar territorial tuvo así, desde sus inicios, la misma consideración que el territorio continental. La aparición de los misiles, y las ambiciones de los países más poderosos, obligaron a encontrar y establecer un Derecho del Mar que fuese aceptado por todos.
Se celebraron así, en el marco de las Naciones Unidad, dos grandes convecciones sobre el derecho del mar: una en 1958 y la última, y más importante, que es la que está en vigor, que se celebró en Montego Bay (Jamaica) en el año 1982. Desde entonces son internacionalmente aceptadas como aguas jurisdiccionales:
-un mar territorial de 12 millas.
-una zona contigua de otras 12 millas donde el estado puede tomar las medidas necesarias para prevenir infracciones a leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios.
-La ya muy conocida Zona Económica Exclusiva de 200 millas cuya plataforma continental se puede extender hasta las 350 millas con autorización de las Naciones Unidas, como ya ha hecho España para llegar al monte Tropic en aguas canarias.
Nuestro representante en esta Convención fue el profesor José Manuel Lacleta magnifico diplomático que participó activamente en su redacción. España ratificó esta Convención en 1996 con una importante reserva sobre Gibraltar, basada en la previa existencia del Tratado de Utrecht firmado en 1713 que negaba al territorio gibraltareño ninguna forma de jurisdicción marítima, salvo las aguas interiores de su puerto.
El profesor Lacleta falleció en 2026. En sus últimos años hizo unas declaraciones que dieron lugar, de forma involuntaria por su parte, a la aparición de un concepto, la costa seca que no está tomado en consideración ni figura en la Convención. Según estas declaraciones el embajador Lacleta afirmaba que cualquier territorio en contacto con la mar generaba mar territorial. Estas afirmaciones fueron mal interpretadas por algunos expertos españoles, algunos pro-ingleses con intereses poco confesables, en el sentido de que siendo así parecería que la costa de Gibraltar en su conjunto justificaría el pretendido derecho inglés a disponer de mar territorial en la zona olvidando que, efectivamente cualquier costa genera mar territorial, pero lo genera para el país que ostenta la soberanía sobre ese territorio, sobre esa costa. Cualquier otro título o condición no da lugar a derecho de mar territorial alguno.
-La costa seca.
Se puede considerar así aquella costa que, por razones históricas, o de cualquier otro tipo, los tribunales internacionales correspondientes hayan resuelto a favor de cualquiera de los países litigantes. No hay muchos ejemplos de costa seca, casi todos referidos a cuestiones fluviales en los que, en algunos casos, las sentencias se han inclinado absolutamente favor de uno de los países que limitan el cauce del rio y no a repartir la jurisdicción mediante la línea media de este cauce, como aparentemente al menos parece lo más lógico.
En el caso que nos ocupa hoy, la colonia de Gibraltar nació con costa seca para los ingleses por la sencilla razón de que el Tratado de Utrecht, en su Artículo X así lo dejó establecido y acordado.
Un ejemplo clarísimo de costa seca nos afecta directamente. Según uno de los mejores conocedores de la controversia hispano -británica sobre Gibraltar, el CN .Angel Liberal, y por tanto verdadero conocedor del problema que nos ocupa, escribió en el año 2019 : “el 30.11.1826 el propio RU se atribuyó las aguas de la mitad oriental de la bahía de Algeciras, dejando como costa seca las playas de La Línea ;en 1969 el embajador británico en Madrid comunicó de palabra en el Ministerio de Asuntos Exteriores al entonces Director General para Europa , Fernando Olivié,la renuncia británica a las aguas que bañan La Línea.” Pero, a pesar del valor relativo de esta declaración verbal, el RU sigue reclamando las aguas que rodean el Peñón, y el istmo usurpado, en principio hasta la línea media en la bahía de Algeciras y hasta 3 millas en la cara de levante del Peñón.
Curiosamente en esa playa de La Línea se produjo hace poco tiempo el desembarco de unos soldados ingleses que, según se informó posteriormente, fue debido a una confusión durante unos ejercicios, confusión que no consta haya conducido a protesta formal alguna por parte española. Como los ingleses no dan puntada sin hilo, al contrario de lo que nuestros gobiernos nos tienen acostumbrados, es justa cualquier sospecha. Es decir, nuestros aliados podrían estar simplemente tanteando nuestra voluntad, y nuestra determinación, en la defensa de nuestras propias aguas jurisdiccionales que ya fueron invadidas de bloques de cemento cerca de La línea y de la pista del aeropuerto, bloques que aún siguen allí.
-La cuestión de la soberanía.
La incorrecta interpretación del concepto soberanía que estamos aplicando al problema de una colonia extranjera en nuestro territorio, tanto por parte inglesa como por parte española, está siendo a mi entender la causa de la cada vez más grave y complicada situación del problema de Gibraltar.
Como es generalmente aceptado, la soberanía es la autoridad suprema y el poder absoluto que un Estado tiene para gobernar y administrar su propio territorio, sin interferencias externas. Básicamente, es la capacidad de un país para tomar decisiones y establecer leyes de forma independiente. En resumen: tener el control total sobre sus asuntos internos y externos. Definición que el RU no se puede adjudicar hoy si tenemos en cuenta sus obligaciones y compromisos aceptados en el Tratado de Utrecht.
El acuerdo que el RU está negociando con la UE, con una desconcertante y peligrosa participación española, tiene el único objeto de conseguir por parte inglesa que los llanitos, los “ratoncitos” según simpática denominación que Enrique les aplica a los actuales habitantes gibraltareños, pierdan el vértigo, la angustia que les produce llegar a verse enclaustrados y sin posibilidades de vivir felices entrando y saliendo, a su antojo, de la España que tienen tan cercana, que tanto necesitan y que tanto denostan. Es posible que los llanitos algún día comprendan que es España, y no el RU, su verdadero destino.
Porque para el RU:
-Los gibraltareños no son considerados ciudadanos ingleses, como pretenden, y no tienen ni tendrán derecho a tomar decisión alguna que pueda afectar al futuro de los intereses ingleses.
-El territorio gibraltareño no es propiamente inglés, como algún parlamentario ya ha propuesto que así se declare, y los llanitos desean.
-El RU no permitirá que los gibraltareños se unan a España, si este llegara a ser su deseo. Esto puede explicar que los ingleses vean con recelo el derribo de la verja, en su día instalada por ellos mismos, y hasta el propio establecimiento de una “zona de prosperidad compartida.”
En la redacción del Artículo X del Tratado de Utrecht el rey francés, bien se preocupó, por propio interés, de dejar constancia y destacar la simple cesión a la parte inglesa de una “propiedad” para establecer en Gibraltar una base militar, sin comunicación ni comercio alguno por tierra, y sin ninguna forma de mar territorial salvo las aguas interiores del su puerto. Este Articulo X reconoce para España el derecho de retracto en el mismo momento en el que los ingleses dejaran de utilizar la base concedida. Es decir: Gibraltar se cedió sin capacidad soberana alguna y por tanto los ingleses, y mucho menos los gibraltareños, no pueden declarar mar territorial alguno sobre aguas que son exclusivamente españolas precisamente porque la soberanía sobre todo el territorio gibraltareño es de España, como lo fue el territorio de toda la isla de Menorca recuperada definitivamente por la fuerza en 1802.
Y como lo es sobre la finca que, en Granada, nuestro gobierno de la Restauración regalo al gobierno inglés como reconocimiento agradecido por la ayuda prestada a España por Wellington durante la invasión de los franceses, reconocimiento inmerecido porque a lo que Wellington vino en realidad fue a defender los intereses ingleses en Portugal. Sería absolutamente injustificable que el RU cayese en la tentación de utilizar su finca para otros fines que no fuesen disfrutar de la caza y de los manjares y los vinos de España como de vez en cuando hacen los altos cargos, y algún príncipe, que visitan la finca.
Las conversaciones para alcanzar una supuesta soberanía compartida en Gibraltar, aprovechando la buena sintonía entre el primer ministro ingles Toni Blair y nuestro presidente Jose Maria Aznar, fueron torpedeadas en su momento por el lobby gibraltareño del Parlamento británico. Fue un error suponer que el RU pudiese llegar a compartir una soberanía que, de entrada, reconocíamos como inglesa.
Las negociaciones finalizaron, también en esta ocasión, por presiones pro-gibraltareñas del parlamento inglés. O sea, la obstinación inglesa en el tratamiento de todo lo relacionado con Gibraltar tiene un fundamento democrático que les permite hacer y deshacer en su colonia, a su entero antojo, como la realidad actual confirma.
Por tanto, si algún gobierno español, por omisión o abandono, llegase a reconocer que la soberanía sobre el territorio gibraltareño es inglesa, no habría nada que reclamar y quedaríamos, para siempre, a merced del capricho y voluntad del colonizador y a merced de sus insaciables intereses estratégicos. Ya se han oído voces en el Parlamento británico proponiendo que el RU se quede con toda la bahía de Algeciras, cosa que podrán hacer en cualquier momento, previa amenaza del uso de la fuerza.
Para terminar, propongo reflexionar y recordar que nosotros tuvimos que recuperar Menorca en 1802 mediante el empleo de la fuerza. A China, en cambio le valió el solo uso de la palabra para recuperar Hong Kong.
La presencia inglesa en Gibraltar es, desde sus mismos orígenes, una imposición inaceptable y como se lee en nuestro libro, una humillación permanente, algo que los españoles de ahora y de siempre nunca podremos aceptar.
Muchas gracias por su atención.
Real Casino de Madrid, 29 de octubre de 2024

 

El acto completo puede seguirse en este video: