APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONTENCIÓN EN UN CONFLICTO ARMADO ENTRE POTENCIAS NUCLEARES. EL CHOQUE DE INDIA Y PAKISTÁN EN MAYO DE 2025

Luis V. Pérez Gil, Teniente Reservista Voluntario, Doctor en Derecho con premio extraordinario por la Universidad de La Laguna, Asociado de AEME publica en su blog la siguiente reseña  sobre «Aplicacion del Principio de Contención en un conflicto armado»

 

APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONTENCIÓN EN UN CONFLICTO ARMADO ENTRE POTENCIAS NUCLEARES. EL CHOQUE DE INDIA Y PAKISTÁN EN MAYO DE 2025

 

 

Del 7 al 10 de mayo de 2025 se produjo el enésimo enfrentamiento militar entre India Y Pakistán, dos potencias nucleares no reconocidas legalmente a la luz del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) de marzo de 1968, pero que por diferentes motivos, es decir, los intereses de las grandes potencias, no han sido repudiadas o apartadas de la sociedad internacional, como Corea del Norte o el caso de Irán y su incipiente programa nuclear militar. Veamos los hechos y extraigamos algunas conclusiones de interés.

El 7 de mayo de 2025 la Fuerza Aérea india llevó a cabo ataques contra bases terroristas en territorio paquistaní bajo la denominación de operación Sindoor, como la publicitaron las autoridades indias, que tenía como objetivo ejecutar una acción de castigo como respuesta al atentado que mató a veintiséis ciudadanos indios el 22 de abril de 2025 en la región de Cachemira. Este territorio fronterizo se encuentra en disputa entre ambos países desde su independencia del Reino Unido en 1947, que tuvo a bien (a mal para los países independizados) dividir el antiguo imperio de la India en tres Estados distintos, hoy cuatro como consecuencia de sucesivas guerras que se han producido posteriormente.

Como sabemos ahora, las Fuerzas Armadas paquistaníes esperaban una reacción militar india y estaban preparadas (operación Bunyan al-Marsoos) respondiendo con un ataque con una cincuentena de vehículos aéreos no tripulados contra territorio indio, al estilo de que lo ocurre a diario en la guerra en Ucrania. Que fuera exitoso o no es indiferente, puesto que el objetivo del gobierno paquistaní era demostrar firmeza frente a una agresión india contra su territorio. India ha tenido varias ocasiones de castigar el apoyo paquistaní a organizaciones y grupos terroristas que campan en territorio fronterizo, los enfrentamientos en la línea de contacto en Cachemira son frecuentes y ocasionan bajas, pero ninguna de las dos partes ha tomado hasta ahora la resolución para resolver de forma definitiva el conflicto por la fuerza. Pareció que este no era el caso. Después de ese intercambio inicial (que se saldó con el derribo de varios aviones indios), la Aviación india ejecutó dos operaciones militares sucesivas. Primero, un ataque selectivo contra instalaciones de la defensa antiaérea paquistaní, esencialmente radares de largo alcance, que arrojan un resultado mixto a la luz de las imágenes satelitales que se han podido examinar.

Después, una serie de ataques selectivos contra bases aéreas paquistaníes diseminadas por todo el país, que fue más contundente, no por el daño causado, que es relativamente escaso, sino por su precisión empleando misiles de crucero SCALP de origen francés y Brahmos ruso-indios (estos más pesados y con más carga de combate).

Este segundo ataque tenía como objetivo enviar un mensaje político-estratégico a las autoridades paquistaníes en el sentido de que las Fuerzas Armadas indias están preparadas para atacar y destruir cualquier base militar en cualquier lugar de Pakistán, lo que incluye sus depósitos, instalaciones y puestos de mando nuclear. Es preciso destacar, que aunque el bombardeo inicial del 7 de mayo se llevó a cabo exclusivamente en la zona fronteriza de Cachemira donde operan las bandas terroristas, los ataques selectivos del 8 a 10 de mayo tuvieron como objetivo instalaciones de defensa aérea y bases aéreas ubicadas en a lo largo de toda la parte oriental del país, así como cerca de Islamabad, capital de Pakistán, donde está la sede del Mando de las Fuerzas Estratégicas paquistaníes.

En este estado de cosas el día 10 de mayo de 2025 ambas partes anunciaron que habían alcanzado un acuerdo de cese el fuego completo después de una mediación del gobierno americano. Este es un factor que descartaban a priori los especialistas en la región -léase a Jaffery o Mecklin– debido a un supuesto desentendimiento americano por intereses prioritarios en otras áreas, desconociendo su papel de potencia hegemónica global (sería una suerte de “vender la piel del oso antes de matarlo”, según el refranero español), pero ese es un tema que trataremos en otra oportunidad. Lo que corresponde valorar en este momento es: ¿la mediación estadounidense respondió a un interés legítimo de ambas partes de evitar un choque nuclear, que podría derivar no tanto de una decisión explícita, sino más probablemente de un error de cálculo o de un accidente? Es preciso tener en cuenta que después de la guerra de 1971 India y Pakistán aceleraron sus respectivos programas nucleares militares, que incluyeron la ejecución de pruebas nucleares y la producción de misiles balísticos como vectores primarios de lanzamiento de esas armas, de modo que en la actualidad cuentan con 164 y 170 ojivas nucleares aproximadamente -se pueden consultar los datos en el Nuclear Notebook del Boletín de los Científicos Atómicos, como parte del proyecto que elabora Hans Kristensen y su equipo-.

Sin embargo, a pesar de la aparente paridad nuclear entre los dos países, su tamaño económico, demográfico o militar es incomparable, cayendo favorablemente del lado de la India. De hecho, si se asienta definitivamente un sistema multipolar mundial, India sería la cuarta potencia del mismo, como han puesto de manifiesto varios académicos reconocidos, el más destacado George Friedman. Su condición de potencia mundial solo necesita de reconocimiento jurídico-internacional, es decir, la obtención de un puesto permanente con derecho de veto en el directorio mundial, como el que gozan los Estados Unidos, la China comunista y Rusia. En consecuencia, esta disparidad de poder explica las diferentes estrategias y enfoques sobre su respectivo poderío nuclear: mucho más amplio en el caso de la India, incluida una incipiente fuerza de contragolpe (second strike) con sus submarinos nucleares estratégicos (SSBN); o enfocado exclusivamente a disuadir un ataque convencional masivo por parte de aquella en el caso de Pakistán.

En consecuencia, debido a su enorme desbalance militar convencional la doctrina paquistaní contempla un empleo temprano en un conflicto y un uso táctico de la mayor parte de sus armas nucleares -en este punto se recomienda el reciente documento de análisis IEEE de Guillem Colom sobre el tema-. Como conclusiones fundamentales, se observa que la India preparó un conflicto de escala para dañar el poderío militar paquistaní (operación Sindoor), las fuerzas armadas paquistaníes estaban preparadas de antemano para ese ataque y respondieron con contundencia (operación Bunyan al-Marsoos), pero sin que sus medios de combate (Aviación o misiles de largo alcance) traspasaran la frontera común, lo que indica contención ante las acciones militares indias; por su parte, la Aviación india lanzó una serie de bombardeos de precisión contra el sistema de defensa antiaéreo y bases aéreas paquistaníes en la parte oriental del país como parte de una mensaje estratégico que buscaba bloquear una segunda respuesta paquistaní, pero sin escalar el conflicto más allá. Las cuestiones que se plantean son las siguientes: ¿Por qué India desaprovechó la oportunidad de aplicar el máximo poder militar a Pakistán y acabar de una vez con el problema de Cachemira, las bandas terroristas y el apoyo que reciben del gobierno paquistaní? ¿Se ha comportado como una potencia racional evitando un conflicto a gran escala que podría desembocar en el empleo de armamento nuclear?

La situación internacional actual plantea oportunidades para el uso del poder militar para la resolución de conflictos de larga data sin temor a un excesivo rechazo internacional (por ejemplo, la liquidación del problema de Nagorno-Karabaj por Azerbaiyán en septiembre de 2022; la guerra israelí contra Gaza desde octubre de 2023, el cambio violento de gobierno en Siria en diciembre de 2024 o los recientes choques en Libia) porque las grandes potencias están concentradas en tratar de mantener su propio poder en disputas directas entre ellas. Podemos extraer dos reglas fundamentales: la primera es que las armas nucleares mantienen toda su vigencia porque disuaden a sus poseedores de hacer la guerra entre ellos. La segunda es que asistimos a una nueva vigencia del uso de la fuerza para la resolución de las controversias internacionales, porque así lo quieren y lo aceptan las grandes potencias. Toda una lección para navegantes, como también reza un conocido dicho español.

Luis V Perez Gil

Fuente:

https://ullderechointernacional.blogspot.com/2025/05/aplicacion-del-principio-de-contencion.html